CONDICIONES DE MANTENIMIENTO

OBJETO:

El presente contrato tiene por objeto el mantenimiento del sistema de punto de venta instalado en el local del cliente, entendiendo como tal exclusivamente los TPVs de la gama Concord, Impresoras de tickets y comandas, así como las aplicaciones de la familia Ágora.

Este servicio será realizado únicamente por personal técnico homologado.

DURACIÓN:

El presente contrato entrará en vigor el día de su firma y a partir de esa fecha tendrá una duración de un año.

Llegado a su término, el contrato se entenderá automáticamente prorrogado, por acuerdo tácito de las partes y períodos sucesivos de un año, salvo que cualquiera de ellas notifique por escrito a la otra su propósito de no prorrogarlo, con una antelación de, al menos, un mes a la fecha de su vencimiento.

La resolución, en ningún caso, supondrá devolución de cuotas ya abonadas.

No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, el contrato podrá ser resuelto anticipadamente ante cualquier incumplimiento de las partes para lo cual se debe avisar por escrito con una antelación de quince días.

En particular, será causa de resolución del contrato la falta de pago de dos cuotas consecutivas.

EXCLUSIONES:

Quedan excluidas del presente contrato las incidencias producidas por:

  • Fuerza mayor.
  • Incendios y robos.
  • Negligencias, uso inadecuado y manipulación por parte del cliente o
  • terceros.
  • Fallos provocados por averías en los servicios prestados por terceros.

De igual forma, no están cubiertos por el presente contrato de mantenimiento:

  • Trabajos de instalación eléctrica para suministro de energía a los productos.
  • Modificaciones, ampliaciones o traslados de la configuración inicial.
  • Mantenimiento de aplicaciones informáticas desarrolladas o soportadas por terceras empresas.
  • Cualquier servicio no indicado expresamente en el presente contrato.

CONDICIONES DEL SERVICIO:

Desde la firma del presente contrato el CLIENTE podrá comenzar a recabar la prestación de servicios, una vez que FOS SYSTEMS SOLUTIONS, S.L. haya comprobado el correcto funcionamiento y las características concretas de los equipos amparados por el mismo.

El CLIENTE debe dotar al sistema informático de todas aquellas medidas de seguridad y de prevención necesarias para que el sistema funcione correctamente.

El CLIENTE queda obligado a comunicar a FOS SYSTEMS de las modificaciones que sufra la instalación, tanto en el número de equipos como en los cambios de domicilio del local, objeto del presente contrato.

Cualquier intervención técnica o de asistencia realizada y no cubierta expresamente por el presente contrato será considerada fuera de cobertura y por tanto facturada de forma independiente en función de las tarifas vigentes.

FOS SYSTEMS se reserva el derecho de suspender el servicio contratado en caso de no ajustarse a las condiciones declaradas por el CLIENTE, en especial el número de equipos instalados y domicilio del local. El servicio contratado se mantendrá en suspensión hasta que el CLIENTE haya regularizado su situación contractual.

En el posible caso de que se produzcan –de forma fortuita, accidental o involuntaria- daños que pudieran afectar a terceras personas, al mobiliario, a las cosas o al propio inmueble, el CLIENTE exonera a FOS SYSTEMS y al personal designado por éste, de toda responsabilidad que pueda derivarse de estas negligencias, reparaciones, daños y siniestros, las cuales quedarán cubiertas por el propio CLIENTE y/o compañía con la que tenga suscrito un contrato de Seguro de responsabilidad civil en cuantía suficiente para cubrir los posibles gastos, daños y perjuicios.

El pago de la cuota establecida para el presente mantenimiento se realizará por meses adelantados. Será por el importe anteriormente detallado para cada una de las mensualidades, más el I.V.A. legal existente en cada momento, y se efectuará dentro de los siete primeros días de cada mes, a la presentación de recibo bancario domiciliado al efecto.

Si no se produjese el pago del recibo dentro del período indicado, o bien el cliente no estuviera al corriente de otros pagos derivados del mantenimiento realizados por el servicio técnico autorizado, automáticamente y sin necesidad de preaviso, el servicio contratado quedará suspendido hasta que el cliente abone los importes adeudados, más los gastos que pudieran haber sido ocasionados tales como la devolución de recibos domiciliados.

Este contrato no acredita por si sólo que el pago se haya satisfecho.
Para justificar el mismo, deberá presentarse acompañado del recibo correspondiente, o en su defecto el justificante de pago.

ESTIPULACIONES VARIAS:

El CLIENTE no puede ceder este contrato, sin previo consentimiento escrito de la otra parte. El presente contrato contiene la totalidad de lo convenido entre ambas partes, quedando anulados y sustituidos cualquier acuerdo anteriormente concertado, sobre los mismos equipos, mediante cualquier procedimiento o forma.

En cuanto a las desavenencias que pudieran derivarse de la interpretación del presente contrato, ambas partes se someten expresamente a la Jurisdicción de Tribunales de Justicia de Madrid Capital renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

PROTECCIÓN DE DATOS:

A efectos de lo dispuesto en la Ley 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal, le informamos que sus datos están incluidos en un fichero cuyo titular es FOS SYSTEMS SOLUTIONS, S.L. con la finalidad de gestionar nuestra relación comercial. Los datos recabados por FOS SYSTEMS no se comunicarán a terceros, excepto en aquellos casos que sean exigidos por la Ley o que sean imprescindibles para la correcta prestación de nuestros servicios.